Organigrama de la comisión representativa de la Junta de Hacendados de la Huerta de Murcia que fue elegida en Juntamento extraordinario el 16 de febrero de 2023 (aplazado desde 2021 por la pandemia de COVID-19).
El Juntamento General, constituido por todos los Hacendados de la Huerta, es el órgano soberano de la misma. La Comunidad General de Regantes, tendrá un Comisión Representativa de Hacendados, Órgano Permanente de Gobierno y Ejecutivo de la Comunidad, siendo la encargada del cumplimiento de las Ordenanzas y de la ejecución de los acuerdos propios y de los acuerdos del Juntamento General. La Comunidad General, tendrá un Presidente y un Vicepresidente, que lo serán igualmente, de la Comisión Representativa de Hacendados, y serán elegidos directamente por el Juntamento General. El Presidente, en el supuesto de ausencia justificada o enfermedad, será sustituido por el Vicepresidente. Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Vocales, y Secretario de la Comunidad General de Regantes, serán los que lo sean de la Comisión Representativa. La presentación de la candidatura de Presidente o Vicepresidente de la Comunidad General y de la Comisión Representativa de Hacendados, tendrá que efectuarse en la Secretaría General de dicha Comunidad antes de los siete días naturales, anteriores a la celebración del Juntamento General, por separado, y en listas abiertas. Para el caso de que no se presenten candidatos, dentro de plazo, sólo la Comisión Representativa de Hacendados podrá proponer al Juntamento General correspondiente, nombres para los cargos de Presidente y Vicepresidente. La Comisión Representativa de Hacendados estará compuesta por los Vocales elegidos directamente en el Juntamento General de cada acequia, debiendo, representar precisamente, las fincas que, por su situación o por el orden establecido, sean las últimas en recibir el riego; asimismo, estarán representados los regantes de las Tres Zonas. Los Vocales titulares deberán pertenecer: Cuatro, a los Heredamientos de la Acequia Mayor de ALJUFIA; Cuatro, a los Heredamientos de la Acequia Mayor de BARRERAS; y Dos, a la Comunidad de Regantes de la Acequia de CHURRA LA NUEVA. Los Suplentes, corresponderán: Dos, a la Acequia Mayor de ALJUFIA; Dos, a la Acequia Mayor de BARRERAS; y Uno, a la Comunidad de Regantes de la Acequia de CHURRA LA NUEVA. La elección de estos Vocales, se hará en Juntamento de los Heredamientos de las Acequias correspondientes, – a celebrar preferentemente en el mes de diciembre- entre todos los Hacendados de dichos Heredamientos, siendo la duración de CUATRO AÑOS. La elección se hará sobre listas abiertas, que deberán estar en poder de la Comunidad General, con siete días de anticipación, a la celebración del Juntamento, ajustándose a lo establecido en las Ordenanzas y Reglamentos de cada Comunidad de Regantes. Para el caso de que las Acequias no presenten candidatos o Vocales suficientes para constituir la Comisión Representativa de Hacendados, sólo la Comisión Representativa de Hacendados existente podrá proponer al Juntamento General de la Acequia que corresponda, los nombres de los Vocales a cubrir.